Milagro Sala volvió a cumplir prisión domiciliaria sin tobillera, pero con 6 reglas de conducta

Lo dispuso el juez Pablo Pullen Llermanos.

La líder de la Tupac Amaru, Milagro Sala, volvió a cumplir este viernes prisión domiciliaria en su casa de La Ciénaga, aunque esta vez no deberá llevar una tobillera electrónica.

 

Según informaron a Infobae fuentes judiciales, la medida fue dispuesta por el juez Pablo Pullen Llermanos en cumplimiento con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y lo establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

 

El 6 de diciembre pasado, la Corte Suprema confirmó la prisión domiciliaria pero dictaminó que se cumpla la sentencia de la CIDH en cuanto a la prisión domiciliaria.

 

En tanto, el magistrado ordenó la custodia perimetral del inmueble, ubicado en la calle El Picaflor en loteo Villa Parque La Ciénaga, a cargo de personal de Gendarmería Nacional.

 

Además, el magistrado estableció «reglas de conducta» que, en caso de que sean incumplidas, la medida podrá ser revocada.

 

A continuación, las seis reglas dispuestas por el juez:

Ingreso y permanencia de familiares: podrán ingresar y permanecer en el inmueble «sin límite temporal» los parientes «consanguíneos y afines, hasta el cuarto y segundo grado respectivamente» pero deberán acreditar el parentesco.

 

Ingreso de visitas: solo podrán ingresar «hasta cuatro personas a la vez», los martes, jueves y sábados, de 07:00 a 19:00, con un límite máximo de veinte personas por día que serán registradas por personal de la custodia.

 

Controles de salud: la resolución detalla que «la atención médica y psicológica de la procesada Sala quedará supeditada a su exclusiva voluntad y elección» que deberá poner en conocimiento del Juzgado como así también «la realización de los exámenes y tratamientos que los médicos o psicólogos tratantes determinen necesarios», excepto en situaciones de urgencia.

 

Consumo de bebidas y sustancias: En este punto el magistrado dispone que «ni la imputada ni sus familiares y visitas podrán consumir bebidas alcohólicas y/o estupefacientes».

 

Desplazamiento de la procesada: Sala podrá circular «libremente» dentro del perímetro de la propiedad, pero no deberá «por ninguna razón» trasponer los límites de la misma .

 

Otras restricciones y/o beneficios: Por último advierte que «para el supuesto de presentarse la necesidad de aplicar otras restricciones distintas a las previstas en el presente, o acceder a un beneficio no contemplado, se deberá estar supletoriamente al plexo normativo vigente en el sistema carcelario provincial».

 

Desde la Tupac Amaru difundieron un comunicado con críticas a Pullen Llermanos. «La resolución muestra a un juez que no entiende cuál es su competencia y que tampoco comprende cuál es la estructura del derecho. Pullen Llermanos no debe interpretar lo que le fue ordenado por la CorteIDH y ratificado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación sino que tiene que limitarse a aplicar las disposiciones», dijo Marcos Aldazabal, del equipo de defensa de la Sala.

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